La impugnación de actos de las entidades locales por los miembros corporativos según la doctrina del Tribunal Constitucional
El régimen de impugnación de actos de las entidades locales por los miembros corporativos se encuentra contenido en el artículo 63.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL). Este precepto ha sido objeto de una interpretación extensiva por el Tribunal Constitucional que va más allá de su tenor literal y que ha supuesto una ampliación de la legitimación de los corporativos para recurrir los actos locales.