Autor: David Cabezuelo Valencia

La impugnación de actos de las entidades locales por los miembros corporativos según la doctrina del Tribunal Constitucional

El régimen de impugnación de actos de las entidades locales por los miembros corporativos se encuentra contenido en el artículo 63.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL). Este precepto ha sido objeto de una interpretación extensiva por el Tribunal Constitucional que va más allá de su tenor literal y que ha supuesto una ampliación de la legitimación de los corporativos para recurrir los actos locales.

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Limitaciones de las corporaciones locales en funciones durante el período de administración ordinaria

El próximo 28 de mayo de 2023 se celebran las elecciones locales y, de acuerdo con la legislación electoral, los miembros de las corporaciones cesantes entrarán en funciones para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores. El concepto de “administración ordinaria” es la clave para comprender qué pueden hacer y qué no las corporaciones locales en funciones, por lo que intentaremos delimitar su contenido elaborando una relación de actos cuya adopción está vedada a los órganos en funciones por desbordar la mera administración ordinaria, y otra de actos que están permitidos por ser propios de la gestión cotidiana municipal.

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