Actualidad – Legislativa
Decreto ley 2/2017 de 26 de mayo, de medidas urgentes en materia de transportes terrestres.
Desde la aprobación de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de Transportes Terrestres y Movilidad Sostenible de las Islas Baleares, se han detectado situaciones o comportamientos no recogidos en este texto legal que han hecho patente una falta de cobertura en las necesidades de ordenación del sistema de transporte por carretera o ferroviario. Específicamente, se ha demostrado que en determinados casos hay dificultades para definir conductas infractoras con relación a la competencia desleal o ilegal surgida en estos últimos años, que cada vez se incrementa con la llegada de la temporada estival y da lugar a situaciones conflictivas en el sector del transporte de viajeros. De la misma manera, en el ámbito del sector ferroviario se han detectado disfunciones en la regulación de los usos o actividades autorizables en las diferentes zonas de protección del dominio ferroviario que hay que abordar sin demora, vista la imposibilidad de ejecutar obras totalmente necesarias en estas zonas.
Estos hechos ponen de manifiesto la necesidad de modificar, de una manera urgente, la Ley 4/2014 para regular aspectos fundamentales que afectan al sector turístico y de transportes de nuestra comunidad autónoma, y así corregir diversas situaciones como son la falta de seguridad jurídica en algunas actuaciones; la conflictividad que provocan en el sector actuaciones de carácter ilegal que, con la apariencia de normalidad, se dedican a la captación de personas usuarias y a su transporte sin la garantía y la seguridad que ofrecen los servicios debidamente autorizados, y el hecho de que todas estas actuaciones se agravan ante el inicio de una temporada turística que se espera muy conflictiva.
Todo ello pone en evidencia la necesidad de intervenir con la propuesta de unas medidas legales que implican la modificación de la normativa vigente por la vía de urgencia para conseguir que entren en vigor antes de iniciarse la temporada estival, con la aprobación de este Decreto ley.