Actualidad – Jurisprudencial
Ley 6/2017, de 10 de julio, del Plan de Estadística de Extremadura 2017-2020
DOE núm. 133, de 12 de julio de 2017
Artículo 1. Definición y naturaleza.
1. Se aprueba el Plan de Estadística de Extremadura 2017-2020 como instrumento de ordenación, planificación y sistematización de la actividad estadística pública de interés para Extremadura en los términos establecidos por la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. El Plan de Estadística de Extremadura 2017-2020 constituye el marco de colaboración institucional entre las entidades que forman parte del sistema estadístico de Extremadura, según el artículo 22 de la citada ley, y de las mismas con los órganos y unidades estadísticas de las distintas Administraciones públicas, organismos y entes públicos locales, nacionales e internacionales.