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El Cabildo de Gran Canaria destina 50.000 euros a promover la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas municipales
Convocatoria de subvenciones para la adquisición de fondos bibliográficos y documentales destinada a la red de bibliotecas municipales de la Isla
La mencionada convocatoria tiene por objeto promover la adquisición de fondos durante este presente año, priorizando las solicitudes por desideratas para su tratamiento técnico y difusión en las bibliotecas municipales. La cuantía que la Consejería de Cultura del Cabildo grancanario destinará a tal fin aumenta en 10.000 euros, pasando de los 40.000 del pasado ejercicio, a los 50.000 euros de este año.
Podrán beneficiarse de esta convocatoria todos los ayuntamientos de Gran Canaria que cuenten con una biblioteca de su titularidad, que deberán destinar, de la dotación total resultante, un mínimo del 10 por ciento para la adquisición de autores canarios, o cuya edición se realice en Canarias.
Para el otorgamiento de las subvenciones, el Cabildo atenderá a distintos criterios, como la población del municipio, las unidades o puntos de servicio bibliotecario con que cuenta, sus horarios de apertura o la aportación económica consignada por cada ayuntamiento para su mantenimiento.
Las solicitudes de presentación ya pueden formularse en el Registro General del Cabildo, sito en la planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio, en la calle Bravo Murillo, 23, entrando por la calle Pérez Galdós de la capital grancanaria, en horario de 8.30 a 13.00 horas de lunes a viernes, los jueves de forma ininterrumpida hasta las 16.00 horas, y los sábados, de 8.30 a 12.00 horas. También pueden ser presentadas las solicitudes a través de los Registros Desconcentrados del Cabildo, de lunes a viernes, de 8.30 horas a 13.00 horas. También pueden ser presentadas las solicitudes a través del Sistema de Interconexión de Registros/Oficina de Registro Virtual de Entidades (ORVE).
La convocatoria de subvención ya ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, teniendo los ayuntamientos veinte días hábiles para presentar sus respectivas solicitudes.