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¿Cuál es el equilibrio jurídico entre transición energética y protección del patrimonio cultural?

Se ha realizado la segunda sesión del ciclo de seminarios «La cara invisible de la transición energética: cambios en la contratación pública, impacto cultural, afecciones paisajísticas y huella ecológica».
Este lunes ha tenido lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela (USC) la segunda sesión del seminario «La cara invisible de la transición energética: cambios en la contratación pública, impacto cultural, afecciones paisajísticas y huella ecológica», organizado, entre otras instituciones, por la Fundación Democracia y Gobierno Local. En esta ocasión, el tema central ha sido «El impacto de la transición energética sobre los bienes culturales», con la intervención principal de la profesora Silia Gardini, docente de Derecho Administrativo en la Università degli Studi «Magna Græcia» di Catanzaro.
La proporcionalidad y el factor temporal como claves jurídicas
En su ponencia marco, Silia Gardini subrayó que tanto la transición ecológica como la salvaguarda patrimonial constituyen bienes jurídicos de rango constitucional que carecen de una primacía abstracta entre sí. Tomando como base la jurisprudencia del Consiglio di Stato italiano y el marco constitucional (reforma del art. 9 de la Constitución italiana de 2022), analizó cómo el principio de proporcionalidad exige evaluar «cuánto debe ceder cada interés para que el otro pueda realizarse».
Entre los casos prácticos expuestos destacaron:
- El caso Tufara (Molise): En el que se examinó la desproporción de extender un vínculo de tutela indirecta a todo un término municipal frente a la instalación de parques eólicos motivado únicamente por cuatro cruces votivas.
- El caso Barumini (Cerdeña): Centrado en una planta agrovoltaica proyectada en las proximidades del complejo megalítico de Su Nuraxi (UNESCO) y la declaración tardía como bien cultural del Nuraghe Turriga, donde se debatió el principio de tempus regit actum y el impacto de los vínculos sobrevenidos en las evaluaciones ambientales ya otorgadas.
Hacia una calificación ambiental del bien arqueológico
Frente a la problemática del patrimonio arqueológico oculto en el subsuelo y las limitaciones de la arqueología preventiva en instalaciones privadas, la jurista propuso considerar el subsuelo y el patrimonio arqueológico como componentes ambientales protegidos de forma autónoma dentro de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Bajo el principio de precaución, esta integración obligaría a realizar prospecciones previas antes de cualquier autorización.
Asimismo, la sesión abordó la reutilización adaptativa de antiguas infraestructuras energéticas en desuso convertidas en bienes de valor industrial y relacional —como la Centrale Montemartini de Roma—, instando a proyectar las actuales instalaciones renovables bajo criterios de economía circular arquitectónica.
El encuentro estuvo moderado por el profesor titular de Derecho Administrativo de la USC, Luis Miguez Macho, y contó con las aportaciones de Anxo Varela Hernández, docente de la misma área, en calidad de discussant.
La jornada concluyó con la idea común de que la conservación del legado histórico y la descarbonización energética no son objetivos contrapuestos, sino dos dimensiones inseparables de una misma responsabilidad jurídica hacia las generaciones futuras.