2.ª Conferencia de Presidentes de Gobiernos Provinciales

(Badajoz – 17 a 19 de noviembre de 2016)

Declaración Institucional de Presidentes de Diputaciones Provinciales

Desde el comienzo de nuestra democracia, las Diputaciones Provinciales han sido protagonistas, como gobiernos locales intermedios, de la mejora general de nuestros pueblos y ciudades, siendo las Instituciones Públicas más adecuadas, para la vertebración y cohesión territorial, ayudando a los municipios a desarrollar sus competencias y prestar más y mejores servicios. Su objetivo final ha sido y es, la aportación de más bienestar a los ciudadanos, ofreciendo servicios de calidad, que garantizan la igualdad de oportunidades, evitando así, que haya ciudadanos de segunda y de primera.

A lo largo de todos estos años, han prestado permanente asistencia, cooperación jurídica, económica y técnica, así como asesoramiento, facilitando el adecuado funcionamiento de los municipios, especialmente de aquellos con menor número de habitantes.

Consideramos que el papel de las Diputaciones es esencial para los pequeños municipios.

La despoblación del medio rural, como consecuencia de la ausencia de suficientes políticas vertebradoras y cohesionadoras del territorio, insuficientemente desarrolladas constitucionalmente, genera graves riesgos respecto a la sostenibilidad, en relación a la suficiencia alimentaria, hidráulica, energética y la misma calidad ambiental de aquellos que residen en las ciudades. Por ello, el reconocimiento efectivo del papel que juegan los municipios de menos de 20.000 habitantes, en la gestión y conservación del territorio, se habrá de vincular a la revisión del gasto e inversión pública, así como del funcionamiento, representación y régimen de financiación de las Diputaciones Provinciales, condicionándose por criterios constitucionales de justicia social, vertebración del territorio e igualdad de oportunidades entre el medio rural y el urbano.

El protagonismo de los gobiernos provinciales, no solo es acorde con las demandas de los ciudadanos que residen en el mundo rural y de los que lo hacen en zonas más pobladas pero necesitadas de colaboración supramunicipal , sino que viene también legitimada por el marco jurídico constitucional español. Lo dispuesto en los artículos 137 y 141.2 de la Constitución, ha sido interpretado por el Tribunal Constitucional, en el sentido de poner de manifiesto que las Instituciones Provinciales, constituyen o tienen a su cargo “componentes esenciales cuya preservación se juzga indispensable para asegurar los principios constitucionales”.

Los gobiernos provinciales suponen un gasto público eficiente y necesario, por cuanto:

  • Las diputaciones provinciales son instituciones saneadas. Cumplen con los plazos de pagos a proveedores y contratistas. Todas presentan un período medio de pago a proveedores en el entorno de 30 días o menos, e incluso 17 de ellas pagan antes de 30 días.
  • La deuda de las diputaciones representa el 8% de la deuda de todas las entidades locales y el 0,3% del PIB nacional.
  • Las Diputaciones Provinciales destinan a sus gastos de funcionamiento, un porcentaje inferior al de otras administraciones públicas.

Considerando plenamente legitimados los gobiernos locales intermedios, entendemos desde la perspectiva de gobiernos locales, la necesidad de afrontar la modernización de la administración pública española incluídas las diputaciones con el objetivo puesto en el mejor desarrollo de sus competencias, prioridades y optimización en la gestión de los recursos, presupuesto y empleo público.

La estructura político-administrativa de los gobiernos locales intermedios españoles, continuará siendo una gestión pública eficaz y transparente al servicio de los ciudadanos de la provincia, profundizando en la mejora de los servicios, y la calidad de atención, la eficiencia del presupuesto, y en el carácter reglado de su actuación, especialmente aquellas materias donde no solo es legal y posible, sino socialmente necesario fomentar la concurrencia competitiva, singularmente en la actividad contractual y la de fomento.

Asimismo seguimos defendiendo que los gobiernos locales intermedios son los idóneos, desde una óptica de capacidad autónoma para gestionar políticas propias, en el ámbito de sus competencias, por ello, no podemos dejar de exponer la necesidad de mejora de un nuevo marco de financiación local, no solo para las provincias, sino también para los municipios. Los gobiernos locales no deben seguir siendo los sacrificados en adoptar las medidas presupuestarias y financieras necesarias, como consecuencia del cumplimiento de las exigencias de la Unión Europea para con el Estado Español.

De alguna manera, la sociedad española reconoce la contribución de los gobiernos provinciales como gobiernos locales intermedios a la inmensa transformación del mundo rural de nuestro país, pero a la vez nos demanda, en función de las nuevas circunstancias de todo orden que concurren en el momento actual, que se afronte la necesidad de avanzar hacia la elección directa de las corporaciones provinciales, para que ésta concentre sus esfuerzos en el aspecto esencial que justifica la existencia de las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares.

En un momento crucial en que la UE trabaja en el reparto de fondos contra la despoblación, entendemos que por la exitosa trayectoria de gestión que nos avala y el conocimiento de la problemática rural debemos ser los gestores de dichos fondos.

Igualmente, las corporaciones locales reivindicamos la participación en el Consejo de Política Fiscal y Financiera y abrir el debate de la financiación de las entidades locales, al mismo tiempo que el de las comunidades autónomas.

Badajoz, a 18 de Noviembre de 2016.