Actualidad – Legislativa

1201,2012

Decreto 4/2012, de 10 de enero, por el que se crea la Comisión para la elaboración de los documentos preparatorios de los anteproyectos de Ley de Gobiernos locales y Hacienda local

Publicado en el DOGC, núm. 6043, de 12 de enero de 2012

La Comisión estará compuesta, según el artículo 2, por:

a) La persona titular del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, que la preside.

b) La persona titular de la Secretaría del Gobierno.

c) La persona titular de la Secretaría General del Departamento Gobernación y Relaciones Institucionales.

d) La persona titular de la Secretaría General del Departamento de Economía y Conocimiento.

e) La persona titular de la Dirección General de Administración Local.

f) La persona titular del Programa de Innovación y Calidad Democrática.

Las funciones de la comsión son:

a) Aprobar los documentos preparatorios para la tramitación de los proyectos de ley de gobiernos locales y de haciendas locales.

b) Fijar directrices y criterios generales para el ejercicio de las funciones encomendadas al Comité de Expertos.

c) Promover y dirigir la participación de las diferentes administraciones públicas catalanas y de la sociedad civil en la elaboración de los anteproyectos.

d) Informar a los grupos políticos con representación parlamentaria durante la elaboración de los documentos preparatorios.

La Comisión está asistida, como órgano especializado, por un comité de expertos. Este Comité es el órgano ejecutivo de la Comisión y está formado por:

a) La persona titular de la Dirección General de Administración Local, que la preside.

b) Una persona designada por el Consejo de Gobiernos Locales de Cataluña.

c) Dos personas designadas por las principales entidades municipalistas.

d) Nueve juristas de reconocido prestigio, designados por la presidencia de la Comisión, dentro de los cuales habrá uno/una en representación de cada una de las universidades públicas de Cataluña.

e) Tres personas funcionarias de la Dirección General de Administración Local, designadas por la presidencia del Comité de Expertos.

f) El/La abogado/a jefe/a de la Asesoría Jurídica del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, que actúa como a secretario/a, con voz y voto.

Le corresponderá al Comité de Expertos elaborar, examinar y debatir los documentos preparatorios de los anteproyectos de ley de gobiernos locales y de haciendas locales.

La Comisión tiene que aprobar los documentos preparatorios antes del 31 de mayo de 2012, con posibilidad de una prórroga justificada de treinta días naturales, a los efectos de que el Gobierno de la Generalidad pueda aprobar los proyectos de ley antes del 31 de noviembre de 2012.

Texto del Decreto