Actualidad – Legislativa
0212,2014
Ley 11/2014, de 27 de noviembre, de modificación de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.
BORM núm. 278, de 2 de diciembre de 2014
En aplicación del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional se constituyó una Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, en el seno de la misma, en su reunión de 12 de septiembre de 2014, se adoptó un acuerdo sobre los artículos respecto de los cuales se había suscitado la discrepancia, y que da lugar a la modificación de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.
Así, en el tema de las clasificaciones bastará con la presentación responsable a que se refiere el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Respecto de los seguros y otras garantías se hace figurar su exigencia en la ley para cada actividad turística concreta.
Y por último, en el caso de los prestadores de servicios turísticos de fuera de la Región de Murcia, así como respecto a los guías de turismo, se produce una adaptación en consonancia con la normativa comunitaria.