Actualidad – Legislativa
3012,2014
Ley 13/2014, de 23 de diciembre de 2014, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015.
BORM núm. 299, de 30 de diciembre de 2014
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2015 están confeccionados conforme a la metodología marcada por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En su artículo 30.1 dicha ley dispone que el Estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus presupuestos.
El proceso de cálculo del límite de gasto no financiero para el ejercicio 2015 se ha realizado con la estimación de los ingresos presupuestarios no financieros consolidados de la Administración General de la CARM y sus organismos autónomos para dicho ejercicio. A esta cantidad se han agregado el margen derivado del objetivo de estabilidad presupuestaria y los ajustes de contabilidad nacional.
El objetivo de estabilidad presupuestaria individual para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015 fue fijado por el Consejo de Ministros mediante Acuerdo de 12 de septiembre de 2014.
El proceso de cálculo del límite de gasto no financiero para el ejercicio 2015 se ha realizado con la estimación de los ingresos presupuestarios no financieros consolidados de la Administración General de la CARM y sus organismos autónomos para dicho ejercicio. A esta cantidad se han agregado el margen derivado del objetivo de estabilidad presupuestaria y los ajustes de contabilidad nacional.
El objetivo de estabilidad presupuestaria individual para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015 fue fijado por el Consejo de Ministros mediante Acuerdo de 12 de septiembre de 2014.
La fijación a priori del límite de gasto no financiero marca el punto de arranque del proceso de elaboración coherente y acorde con los compromisos adquiridos por la Región en el Consejo de Política Fiscal y Financiera en materia de estabilidad.
La presente ley, de acuerdo con los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, recoge las previsiones de ingresos y las autorizaciones de gastos para el ejercicio 2015, así como aquellas disposiciones de carácter normativo que guardan relación directa con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general, que sean complemento para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los presupuestos y de la política económica del Gobierno regional.
Formalmente, el texto articulado de la ley se compone de cincuenta y siete artículos, treinta y ocho disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y tres anexos y, de acuerdo con la ordenación sistemática de su contenido, presenta la estructura con el detalle que seguidamente se indica.
La presente ley, de acuerdo con los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, recoge las previsiones de ingresos y las autorizaciones de gastos para el ejercicio 2015, así como aquellas disposiciones de carácter normativo que guardan relación directa con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general, que sean complemento para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los presupuestos y de la política económica del Gobierno regional.
Formalmente, el texto articulado de la ley se compone de cincuenta y siete artículos, treinta y ocho disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y tres anexos y, de acuerdo con la ordenación sistemática de su contenido, presenta la estructura con el detalle que seguidamente se indica.