Actualidad – Legislativa

2007,2012

LEY 3/2012, de 5 de julio, de modificación de la Ley 4/2001, de 4 de julio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN: publicada en el BOCYL, núm. 136, de 17 de julio de 2012

Junto a ciertas mejoras técnicas, que buscan clarificar determinados aspectos de la regulación para dotar de una mayor certeza a su aplicación, las modificaciones que se introducen persiguen el objetivo de facilitar el ejercicio de esa forma de participación política, haciendo más asequible su utilización por los ciudadanos, bien personalmente, bien a través de las Corporaciones representativas de los municipios en los que se integran.

Entre las modificaciones que incorpora esta ley merecen destacarse:

– la supresión de la prohibición de que esta coincidiera con una proposición no de ley aprobada por las Cortes en la misma legislatura con idéntico objeto;

– la ampliación a nueve meses del plazo máximo previsto para la recogida del número de firmas exigido para el ejercicio de la iniciativa popular, que a su vez queda establecido en el uno por ciento del censo electoral vigente el día de la presentación de la iniciativa ante la Mesa de las Cortes;

– la obligatoriedad de que las proposiciones de ley de origen popular o municipal se incluyan efectivamente en el orden del día del Pleno de las Cortes para su toma en consideración en el plazo máximo de seis meses;

– el otorgamiento a los promotores de estos tipos de iniciativa de la facultad de dirigirse a la Cámara en ese debate para presentar su propuesta o el aumento de la cuantía máxima de la compensación económica prevista para resarcir a la Comisión Promotora de los gastos en que haya incurrido para la difusión de la proposición y la recogida de firmas cuando esta alcance su tramitación parlamentaria.

Texto de la Ley