Actualidad – Legislativa

2705,2016

Ley 4/2016, de 19 de mayo, de modificación de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

BOA núm. 101, de 27 de mayo de 2016

PREÁMBULO
El artículo 74.2 del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma la facultad de regular, crear y mantener su propia televisión, radio y prensa y, en general, cualquier medio de comunicación social para el cumplimiento de sus fines, respetando la autonomía local.
Actualmente, según la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito autonómico se realiza a través de la entidad de derecho público Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus dos sociedades instrumentales: Televisión Autonómica de Aragón, SAU, y Radio Autonómica de Aragón, SAU.
Dicha norma regula, en su capítulo II, la organización de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, que está estructurada en tres órganos: el Consejo de Administración, el Director General y el Consejo Asesor, cuya regulación se ha mantenido prácticamente inalterada desde su promulgación hace más de veinticinco años, a diferencia de lo que ha sucedido en el ámbito estatal y en otras Comunidades Autónomas, en los que se han producido importantes modificaciones de la normativa reguladora de los servicios públicos de comunicación audiovisual.
Por ello, y con el fin de mejorar y modernizar la regulación de la organización de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, se hace preciso acometer en este momento una reforma de dicha regulación por la que se modifiquen aquellos aspectos de la misma que sirvan para reforzar la profesionalidad, independencia, igualdad, transparencia y representatividad de las personas que forman parte de los órganos principales de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

Texto de la Ley