Actualidad – Legislativa

1011,2014

Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.

BOC núm. 218, de 10 de noviembre de 2014

Esta ley, de acuerdo con su contenido, se estructura en diversos capítulos en atención a los  ámbitos sectoriales afectados:

En el capítulo I se introducen determinadas modificaciones en algunos de los impuestos sobre los que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene capacidad legislativa.

El capítulo II incorpora la modificación de las tasas exigibles por determinadas actividades y servicios prestados por los órganos u organismos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En el capítulo III se recogen una serie de medidas y reformas en los ámbitos relacionados con la consejería competente en materia de hacienda. 

El capítulo IV incorpora una actualización del régimen y procedimiento de las autorizaciones de explotaciones ganaderas contenido en la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, estableciéndose el carácter negativo del silencio por concurrir en dicho procedimiento razones imperiosas de interés general, como son la protección del medio ambiente y del entorno urbano y la sanidad animal.

En el capítulo V se contiene diversas modificaciones legales relacionadas con los ámbitos de la política de mejora de la competitividad turística, de los puertos y del transporte por carretera.

El capítulo VI recoge las modificaciones legales en materia de asociaciones, de juventud y medio ambiente. En primer lugar se procede a la modificación de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, en diversos aspectos: el establecimiento de un régimen especial para las asociaciones que, por su peculiar naturaleza o por su corta duración temporal, precisan de un tratamiento singularizado y la acomodación a las circunstancias actuales del régimen documental de las mismas con objeto de reducir las cargas burocráticas que pesan sobre los ciudadanos y sus organizaciones.

La Ley Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres es puntualmente actualizada en el capítulo VII, 

El capítulo VIII acoge una serie de medidas y modificaciones legales relativas al régimen del personal al servicio de la Administración pública. 

El capítulo IX contiene diversas medidas administrativas relacionadas con otros ámbitos de la actividad administrativa. Se determina la adscripción, por razones materiales, de la Comisión de Valoraciones de Canarias a la consejería competente en materia de ordenación del territorio.

Texto de la Ley