Actualidad – Legislativa

1102,2016

Ley Foral 2/2016, de 29 de enero, de modificación de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

BON núm. 28, de 11 de febrero de 2015

Artículo único. Modificación de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.
Se modifica la disposición adicional segunda, que queda redactada como sigue:
“Disposición adicional segunda.–Especialidades en materia de suelo y vivienda.
1. El Departamento competente en materia de vivienda ejercitará las facultades atribuidas en esta ley foral al departamento competente en materia de patrimonio en relación con los bienes y derechos integrantes del Banco Foral de Suelo Público.
2. Asimismo, corresponderá al departamento competente en materia de vivienda las facultades de adquisición, gestión y enajenación de las viviendas adquiridas al amparo de lo dispuesto en la Ley Foral 10/2010, de 19 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.”
Disposición derogatoria única.–Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley foral.
Disposición final primera.–Desarrollo normativo.
Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y la ejecución de lo establecido en esta ley foral.
Disposición final segunda.–Entrada en vigor.
Esta ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Texto de la Ley Foral