Actualidad – Legislativa

0510,2012

Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Soste

BOE núm. 240, de 5 de octubre de 2012

Esta establece las especificaciones del contenido de la información que debe ser remitida, así como la frecuencia y la forma de suministro para cumplir así con eficacia con la instrumentación del principio de transparencia.

En concreto, los dos primeros capítulos regulan con carácter general las obligaciones de remisión de información que las Administraciones territoriales tienen con la Administración General del Estado. Para ello, se detalla quienes son los sujetos obligados, el procedimiento, preferentemente electrónico, por el que debe remitirse la información y se regulan las obligaciones de información, tanto periódicas como no periódicas que resultan comunes a las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

El capítulo IV se refiere a las obligaciones de suministro de información de las Corporaciones Locales. En este sentido, también distingue entre las obligaciones periódicas de información que tienen una frecuencia anual y trimestral, según los casos, y las obligaciones no periódicas de suministro de información referida a operaciones de endeudamiento.

El capítulo V, en desarrollo de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición final segunda de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece las obligaciones de publicación para conocimiento general por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en relación a la información de las Administraciones territoriales, así como los plazos para su publicación. Asimismo, se recoge en este capítulo las consecuencias que la Ley Orgánica 2/2012 prevé en caso de incumplimiento de las obligaciones de remisión de información.

Por otra parte, se recoge en la disposición adicional única una referencia a la aplicación de la Orden a las Comunidades Autónomas de Navarra y País Vasco.

Texto de la Orden