Actualidad – Jurisprudencial

2401, 2011

Tribunal Supremo. Sala Tercera de lo Contenciosa Administrativo. Sección Cuarta. Sentencia de 30 de septiembre de 2009. ROJ: STS. 5886/2009.

Aprobación extemporánea del presupuesto municipal.

El Tibunal Supremo tiene declarado, que aunque con carácter extemporáneo e irregular el presupuesto general anual municipal puede ser válidamente aprobado aun traspasado el límite fijado en el artículo 150.2 de la Ley de Haciendas Locales, siempre que sus efectos puedan retrotraerse el 1 de enero en que hubiese debido empezar a regir.