Capacidad y solvencia del contratista

De conformidad con lo previsto en los artículos 11 y 32.2 de las Instrucciones de Contratación de la Fundación Democracia y Gobierno Local, aprobadas por la Junta del Patronato en sesión de fecha 10 de mayo de 2012, solo podrán contratar con esta entidad las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, no estén sometidas a ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera, y técnica o profesional.

En aplicación de dichos preceptos, con carácter general, los contratistas deberán cumplir los siguientes requisitos:

A)  Acreditación de la capacidad de obrar y representación.

La acreditación de la capacidad de obrar se llevará a cabo mediante la aportación:

  1. En el caso de las personas jurídicas, de la escritura de constitución, de  los estatutos o del acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el registro público que corresponda.
  2. En el caso de las personas físicas o naturales, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la aportación de copia compulsada de la tarjeta del número de identificación fiscal.

En su caso, deberán acreditar el nombre comercial con el que operan en el tráfico mercantil.

La representación, en el caso de las personas jurídicas, se acreditará  mediante la aportación de escritura de poderes o documento equivalente.

B)  Prohibiciones de contratar, y obligaciones tributarias y de seguridad social

Los licitadores deberán aportar declaración responsable, manifestando no estar afectados por ninguna prohibición de contratar, con mención expresa de la circunstancia de encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

C) Solvencia de los licitadores 

 

  • Solvencia económica y financiera.

 

 

    1. Se  podrá acreditar  la solvencia económica  y financiera de los licitadores, aportando una declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividad  correspondiente al objeto del contrato, referida a los dos últimos ejercicios.

 

  1. Solvencia técnica.
    Se  podrá acreditar  la solvencia técnica de los licitadores, aportando una declaración relativa a los principales servicios o trabajos realizados durante los dos últimos años, que incluya importes y destinatarios públicos o privados de los mismos.

Deberán aportarse, asimismo, las titulaciones académicas y/o profesionales de la persona responsable de la ejecución del contrato, en el caso de ser exibgibles dada la naturaleza y características de la contratación.

DOCUMENTACIÓN PREVIAMENTE ENTREGADA A LA FUNDACIÓN

En el caso de que la documentación entregada con ocasión de la formalización de anteriores contratos con esta Fundación, no hubiese sido objeto de ninguna modificación o actualización, no será necesario que el licitador la aporte de nuevo, siempre que ponga de manifiesto su vigencia mediante declaración  presentada al efecto.